Transparencia e IA (Reglamento de IA / AI Act)
Uso de inteligencia artificial, clasificación de riesgo y supervisión humana
1. Uso de IA en el servicio
PRL Comunidades utiliza un sistema de inteligencia artificial (modelo Claude de Anthropic, vía API) para asistir en la redacción de documentación PRL a partir de los checklists aportados. El contenido generado es un borrador técnico.
2. Supervisión humana
Todo documento generado debe ser revisado, validado y firmado por un técnico competente y colegiado, que es el único responsable de su contenido final. El sistema no adopta decisiones automatizadas con efectos jurídicos sobre las personas (art. 22 RGPD): es una herramienta de apoyo a la redacción bajo control humano.
3. Clasificación conforme al Reglamento (UE) 2024/1689 (AI Act)
Tras un análisis preliminar, el sistema se considera de riesgo limitado:
- No figura entre las prácticas prohibidas (art. 5).
- No constituye un sistema de alto riesgo del Anexo III: no evalúa ni monitoriza a trabajadores ni decide sobre relaciones laborales; genera documentación sobre las instalaciones, con validación humana.
- Aplica la obligación de transparencia (art. 50): se informa de que el contenido se ha generado con asistencia de IA.
Esta clasificación es orientativa y debe confirmarse jurídicamente y revisarse si cambian las funcionalidades del sistema.
4. Modelo y datos
El proveedor del modelo (Anthropic) manifiesta que no utiliza los datos enviados por API para entrenar sus modelos. Véase la Política de privacidad y el contrato de encargo para subencargados y transferencias.
5. Limitaciones
Los sistemas de IA pueden cometer errores u omisiones. Por ello la revisión por el técnico firmante es obligatoria antes de emitir cualquier documento.